Atender la planta física educativa nacional para garantizar a las comunidades espacios seguros, funcionales y confortables, con la finalidad de fortalecer el proceso educativo. |
Ser el organismo rector de la planta física educativa nacional dentro de parámetros de excelencia e innovación; capaz de desarrollar conocimientos y tecnologías en el área de su competencia que le permita ser reconocido en el ámbito nacional e internacional; de lograr la participación proactiva de las comunidades educativas, en todo lo concerniente a la edificación escolar; de obtener recursos financieros bajo condiciones económicas favorables y de atender integralmente la planta física educativa de la República Bolivariana de Venezuela. |
De conformidad con el Decreto 3.259 de fecha 29 de enero de 1999 se dedica a: Diseñar el "Plan Nacional de Construcción, Ampliación, Dotación y Mantenimiento de la Planta Física Educativa" en los niveles de educación preescolar, básica, media y diversificada, así como también en las modalidades de educación especial, para luego someterlo a la aprobación del Ministerio del Poder Popular para la Educación. Elaborar las normas y procedimientos técnicos para la formulación y diseño de los proyectos de construcción, ampliación, dotación y mantenimiento de los planteles en todos sus niveles y modalidades, así como para el control de ejecución y mantenimiento. Realizar actividades de asesoría y supervisión técnica relacionada con la planificación, elaboración y ejecución de los planteles y con los programas de mantenimiento preventivo y correctivo, en el ámbito estadal y municipal, de acuerdo con el plan nacional que sobre la materia apruebe el Ministerio del Poder Popular para la Educación. Planificar el uso de los recursos que el Ejecutivo Nacional destine a la infraestructura física educativa. |